impuesto sobre la renta

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Autor: Mauro Esquivel

 

Los nuevos tramos del Impuesto sobre la renta rigen del 1 de enero al 31 de diciembre 2021. Cada año debe realizarse un ajuste, según lo dispuesto en la Ley 7092, y de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor.

Esta actualización responde a la variación en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) el cual mide cómo cambian los precios de los productos. Se supone que, con eso, también cambian los ingresos de las personas. El indicador es medido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

La Ley 9635 “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, modificó el periodo fiscal ordinario del impuesto sobre la renta, por lo que ahora el cierre del periodo es el 31 de diciembre de cada año, y la fecha límite para presentar y pagar, sin multas, se trasladó al 15 de marzo del año siguiente.

ASALARIADOS, JUBILADOS Y PENSIONADOS EN 2021

El impuesto que se deberá pagar por el salario aumentó un 0,28% a partir del 01 de enero del año 2021.

Los nuevos tramos afectaran a todos los asalariados cuyos ingresos sean superiores a los ₡842.000.00 mensuales. Antes de ese monto están exentos.

Con el ajuste, estos son los nuevos tramos:

-Salario hasta ₡842.000.00: exento.

-Entre ₡842.000.00 y hasta ₡1.236.000.00 mensuales: 10%.

-Entre ₡1.236.000.00 y hasta ₡2.169.000.00 mensuales: 15%.

-Entre ₡2.169.000.00 y hasta ₡4.337.000.00 mensuales: 20%.

-Sobre el exceso de ₡4.337.000.00 mensuales: 25%.

Adicionalmente, los asalariados tienen derecho a un crédito fiscal, que es una reducción que se les aplica en el tributo por estar casado o tener hijos, los cuales también se ajustan cada año.

El crédito fiscal mensual por hijo se mantuvo en ₡1.570, según confirmó Tributación y el crédito fiscal por cónyuge pasó de ₡2.360 a ₡2.370.

PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDADES LUCRATIVAS EN 2021

-Ingreso neto (utilidad) anual hasta ₡3.742.000.00: Exento.

-Sobre el exceso de ₡3.742.000.00 y hasta ₡5.589.000.00 de renta neta anual: 10%.

-Sobre el exceso de ₡5.589.000.00 y hasta ₡9.322.000.00 de renta neta anual: 15%.

-Sobre el exceso de ₡9.322.000.00 y hasta ₡18.683.000.00 de renta neta anual: 20%.

-Sobre el exceso de ₡18.683.000.00 de renta neta anual: 25%

La excepción a la deducción está en las personas asalariadas que también realizan una actividad lucrativa. Si como asalariado ya disfruta de un tramo exento, entonces no lo tiene como persona física con actividad lucrativa.

La modificación afecta a las PERSONAS JURIDICAS (EMPRESAS), para quienes los nuevos tramos aplican según se detalla a continuación:

Aplica para renta bruta (ingresos totales) que no superen los ₡109.337.000.00 durante el periodo fiscal:

-Sobre los primeros ₡5.157.000.00 de renta neta anual (ingresos menos gastos = utilidad): 5%.

-Entre ₡5.157.000.00 y hasta ₡7.737.000.00 de renta neta anual: 10%.

-Entre ₡7.737.000.00 y hasta ₡10.315.000.00 de renta neta anual: 15%.

-Sobre el exceso de ₡10.315.000.00 de renta neta anual: 20%.

Si la renta bruta durante el periodo fiscal supera los ₡109.337.000.00 no aplican los anteriores parámetros y deberá pagar 30% sobre la renta neta anual.

 

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